1916 336 Sin embargo, de tales afirmaciones no es posible extraer, sin más ni más —como lo hace la actora-, que es la ley 26.522 la que le provocaría ese desequilibrio financiero pues, por una parte, no surge de la pericia cuál es el origen de dicha deuda ni si ella responde al giro normal de la explotación del negocio: y por la otra, según el propio experto, "existe la posibilidad de que la compañía restablezca el equilibrio en el flujo de fondos si logra ajustar algunas variables".
En definitiva, "sustentabilidad" -contrariamente a lo que parece sugerir la actora- no puede ser equiparada a "rentabilidad", y en este sentido, hace a la naturaleza propia de un proceso de desconcentración la posibilidad de una reducción consiguiente de los márgenes de ganancia empresaria.
28) Que tampoco resulta admisible el argumento de la actora relativo a que sólo una economía de escala como la que posee actualmente le garantiza la independencia suficiente como para constituir una voz crítica, que no esté condicionada a la concesión de subsidios estatales o a la pauta oficial. Este razonamiento presupone que el Estado va a actuar ilegítimamente y va a distribuir la publicidad en forma discriminatoria. En este sentido, cabe recordar que si bien la distribución de tales recursos públicos es una facultad discrecional, ella no puede ejercerse en forma irrazonable. Quien se considere excluido arbitrariamente, tiene derecho a reclamar por vía judicial", Esta cuestión, sin embargo, no ha sido planteada por el Grupo Clarín en este pleito.
En este mismo orden de ideas, ningún dato de la realidad confirma que es la dimensión de un medio de comunicación la que, por sí, determina la existencia de una voz crítica en la sociedad, o bien, de una voz complaciente. Por el contrario, son Cf. respuesta al pto. 3 del informe pericial citado.
"1 Cf. doctrina de Fallos: 320:1191 , disidencia de los jueces Fayt, Petracchi y Bossert; 330:3908 y 334:109 .
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1916
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