336 1473 plantea problema constitucional ni autoriza la intervención de la Corte a fin de unificar pronunciamientos en temas no federales (Fallos: 274:450 ; 287:130 ; 300:575 ; 302:678 ; 307:752 ).
—V-
Por lo expuesto, considero que corresponde desestimar esta queja.
Buenos Aires, 24 de febrero de 2010.
LAURA M. MONTI
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
de Ape de 2013 Buenos Aires, 14 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Monrroy, Elsa Alejandra c/ Infantes S.R.L. y otro s/ despido", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que, conforme lo expone la señora Procuradora Fiscal a fs. 24 de su dictamen, resulta de aplicación al sub lite la doctrina de los precedentes registrados de Fallos: 308:1591 ; 312:146 ; 314:1679 y 321:2345 , Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada.
Costas por su orden en razón de la naturaleza de la cuestión
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1473
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