y Comercial n° 1 de la Primera Circunscripción Judicial provincial se encuentra en pugna con la prohibición de innovar dictada por esta Corte en autos, en virtud de la cual la Provincia de Misiones debe abstenerse de exigir el pago del impuesto de sellos determinado en relación a las referidas cartas oferta, hasta tanto se dicte la sentencia definitiva.
En efecto, si bien el régimen de medidas cautelares suspensivas en materia de reclamos y cobros fiscales debe ser examinado con particular estrictez, porque además de estar en juego el principio de presunción de validez de los actos de los poderes públicos, afecta de manera directa al interés de la comunidad, dado que incide en la renta pública (Fallos: 313:1420 , entre muchos otros), tal criterio admite excepciones en supuestos como el sub lite en los que adquiere preeminencia la necesidad de precisar cuáles son los alcances de la jurisdicción y competencia que tiene el Estado provincial para ejercer el derecho de percibir el crédito que se pretende, y la gravitación económica de la pretensión fiscal así lo justifique.
4) Que en ese sentido, es el nivel de perturbación que podría traer aparejado el cobro del crédito que la demandada estaría habilitada a ejercer, lo que ha motivado que la Corte juzgara aconsejable en el sub examine mantener el status quo erat ante hasta tanto se dicte sentencia definitiva. Ese pronunciamiento no autoriza a considerar limitada la suspensión únicamente a la vía del apremio fiscal, ni a eludir elípticamente la orden de abstención dada por este Tribunal mediante la promoción de una pretensión cautelar en sede local, tanto más cuando la prohibición de innovar no ha sido impugnada, y no se traduce en un cercenamiento del derecho de índole constitucional de ocurrir a la justicia para hacer valer los derechos que la parte demandada considere tener, sino en su postergación en el tiempo.
Consecuentemente, se ordenará al juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n" 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones que disponga el inmediato levantamiento del embargo preventivo de
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:653
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