mismo, acaten estrictamente la orden impartida a £s. 213 en los //-términos indicados en los considerandos 4 y 5 precedentes.
Líbrese oficio al señor gobernador y al director de la agencia de recaudación local. Notifíquese a la actora por cédula que se confeccionará por Secretaría.
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JUAN CARLOS MAQUEDA
ENRIQUE $ PETRACCHI
Partes intervinientes: Telefónica Móviles Argentina S.A., representada por su apoderado, doctor Miguel A. M. Tesón, con el patrocinio letrado del doctor Guillermo A. Lalanne. Jet Multimedia Argentina S.A,, representada por su apoderado, dector Alejandro E. Werner, con el patrocinio letrado de los doctores Álvaro Carlos Luna Requena e Ignacio Fernández Borzese.
MANSILLA, CARLOS ALBERTO c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
$/ DAÑos Y PERJUICIOS — BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
EXCESO EN EL PRONUNCIAMIENTO.
Incurre en exceso de jurisdicción la decisión que rechazó la demanda interpuesta contra la Prefectura Naval Argentina a fin de obtener una indemnización por los daños y perjuicios sufridos al recibir el actor un disparo de arma de fuego mientras se trasladaba a cumplir una guardia si la cámara se fundó en que el hecho dañoso no ocurrió en acto de servicio sino que se trató de un gesto de compañerismo y que el superior no se encontraba facultado para ordenar el reemplazo de la guardia, circunstancias que la demandada invocó sólo en su apelación ante la
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:656
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