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Fallos: 335:2535 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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—//-DENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON RICARDO LUIS
LORENZETTI Y DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI
Considerando:

Que esta Corte comparte lo expuesto por el señor Procurador Fiscal en su dictamen, a cuyos términos se remite por razones de brevedad.

Por ello, se revoca la sentencia apelada y se declara improcedente el pedido de extradición de Raúl Torrico Becerra formulado por_la-República de- Paraguay. Rágas Saber y remítanse.

7 — .


LA E. RAUL ZAFFARON:

RICARDO LUIS LORENZETTI
Recurso ordinario de apelación interpuesto por Raúl Torrico Becerra, asistido por el Dr. Juan Martín Hermida, Defensor Público Oficial.

Tribunal de origen: Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 4.


ALPESCA S.A. c/ ESTADO NACIONAL — MINISTERIO DE ECONOMIA
Dro. 2000/92 s/ Proceso DE CONOCIMIENTO

EXPORTACION.
Corresponde revocar la sentencia apelada y hacer lugar a la demanda si se encuentra acreditado el perjuicio sufrido a causa de la supresión de los reembolsos a las exportaciones, dispuesta por el decreto 2000/92, con las copias de los permisos de embarque acompañadas, máxime teniendo en cuenta que dicho decreto fue declarado nulo mediante sentencia que se encuentra firme y con autoridad de cosa juzgada.

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:2535 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-2535

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