Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n' 57.
CAGNI, CARLOS ALBERTO c/ MINISTERIO DE JUSTICIA
y DERECHOS HUMANOS s/ Arr. 3 Ley 24.043
EXILIO.
Es arbitraria la sentencia que desestimó el recurso contra la resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación que había rechazado la solicitud del beneficio previsto en la ley 24.043 si no dio razón alguna para restar todo valor probatorio a los pronunciamientos agregados y que tuvieron por acreditado que el actor había sufrido persecuciones como consecuencia de su militancia política, los cuales resultaban de decisiva relevancia para la fundada solución del caso en la medida en que representan una declaración expresa y circunstanciada del Poder Judicial de la Nación, efectuada en el marco de un proceso contencioso promovido por el peticionario contra la agencia federal competente en materia de seguridad social, sobre el reconocimiento de un derecho subjetivo de naturaleza previsional en cabeza del demandante, con base en una circunstancia de hecho común con la ventilada, como es la demostración de la persecución política sufrida por el recurrente durante un lapso semejante.
—El juez Petracchi, en disidencia, consideró que los escritos de interposición del recurso extraordinario y queja no cumplían con el requisito vinculado a la cantidad de renglones por página exigido en el art. 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007—.
DICTÁMENES DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
La cuestión debatida en la especie es sustancialmente análoga a la que tuve oportunidad de examinar en mi dictamen del 26 de febrero ppdo., in re, D. 282, L. XLV, "DUCA Carmelo Eduardo c/ M" J y DDHH —Art. 3 Ley 24.043— Resol. 1580/06 (Ex 145.687/04)".
En virtud de los fundamentos allí expuestos en lo que fueren aplicables al caso, opino que corresponde dar por contestada la vista que
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1901
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