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Fallos: 335:1822 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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misos de pesca que en su aplicación traspasa la esfera de competencia provincial, en tanto implica una restricción que se revela en pugna con la libertad de contratar y de practicar el comercio —de raigambre constitucional- y con los pertinentes principios que resultan del régimen federal de pesca (conf. Fallos:

333:2367 , considerando 16).

Por ello y concordemente con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se resuelve: I.- Declarar abstracta la pretensión atinente a la inconstitucionalidad de las leyes provinciales 4738 y 5040; II.- Hacer lugar sustancialmente a la demanda seguida por Pescargen S.A. y Pesquera Galfrio S.A. contra la Provincia del Chubut y declarar la inconstitucionalidad de los artículos 11, inciso 2, 14, 38 y 45, inciso 5", de la ley local 5639; desestimarla en lo que respecta a los artículos 15 y 16 de la ley citada. III.- Con costas (artículo 68, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Notifíquese, remítase copia a la Procuración General de la Nación y archívese.


ELENA. HIGHTON de NOLASCO
Parte actora: PESCARGEN S.A. y otra, representadas por el Dr, Lino Alberto Palacio.

Parte Demandada: Provincia del Chubut, representada por los Dres. María Alejandra Ahmad, Jorge E. Fernández y Valeria L. Viltes.


VILA, ALFREDO LUIS c/ GOBIERNO NACIONAL — PODER EJECUTIVO

NACIONAL s/ USUCAPIÓN
USUCAPION.
Si no se ha acreditado de manera suficiente que mediaron por parte del Estado Nacional actos o hechos que importarían la desafectación de los predios que

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1822 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-1822

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