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Fallos: 335:1459 de la CSJN Argentina - Año: 2012

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Por ello, se hace lugár a la queja, se declara admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Notifíquese, agréguest ueja al principal y devuélvase.

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RICARDO LUIS LORENZETTI
le
A Es PETRACCHI
4.

S. FAYT
Recurso de hecho interpuesto por Honorio Hugo Molina, representado por el Dr.

Pacífico Rodríguez Villar.

Tribunal de origen: Sala 111 de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de La Rioja.


MUNICIPALIDAD DE MERCEDES c/ ARCOR S.A.I.C. s/ APREMIO
PUBLICIDAD.
Cabe descalificar por arbitraria la sentencia que rechazó las excepciones de falta de legitimación de la actora e inhabilidad de título e hizo lugar a la de prescripción, mandando llevar adelante la ejecución por derechos de publicidad y propaganda por los períodos 2001 a 2006, pues contiene un fundamento aparente que la priva de su carácter de acto judicial válido, dado que la solución definitiva del caso sólo

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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1459 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-335/pagina-1459

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