neda constante. En ese sentido, tal como lo señaló la Asesoría Legal del ente recaudador (fs. 76/7 y 12C), solicitar la acreditación, compensación, devolución o repetición, es en todo caso indiferente, porcue en definitiva se trata de la misma acción dirigida a obtener la restitución de lo abonado, 15) Que, en ese orden, carece de apoyo la pretensión de la AFIP de circunscribir el ejercicio de la opción prevista en el art. 43 del decreto 1387/01 a la mera conversión de la cifra final para la devolución del saldo, sobre la base de una interpretación literal de su texto. Ese precepto, al establecer que "..los exportadores podrán solicitar que la devolución del impuesto prevista en dicha noma sea determinada y efectivizada en dólares estadounidenses", denota que no solamente se refiere al pago que será efectivizado en moneda extranjera, sino a la determinación del monto, concepto que indudablemente remite a los procedimientos de compensación antes examinados y que concluyen con la devolución del tributo.
El proceder que propicia la entidad recaudadora, a la vez tendría por efecto limitar la excepción a las normas de pesificación dispuesta en el decreto 261/2002 a la estricta hipótesis de conversión del saldo final para su devolución, desconociendo que de ese modo aplica una pesificación previa que desvirtúa el sentido de la excepción, y que pretende efectuarla a una relación cambiaria que tampoco justifica idóneamente.
16) Que, por otra parte, asiste razón a la cámara de apelaciones cuando destaca que el régimen legal debe ser el mismo existan o no adelantos de reintegro, ya que esta circunstancia no puede tornarse en un elemento desventajoso para el exportador, por el que el crédito fiscal expresado en dólares sufra una reducción por efecto de la relación cambiaria, que no lo afectaría si no registrase retenciones sujetas a compensación.
17) Que, por las razones expuestas, los agravios de la demandada deben ser desestimados íntegramente, lo que conduce a la confirmación de la sentencia apelada en todas sus partes.
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Año: 2012, CSJN Fallos: 335:1052
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