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Fallos: 333:68 de la CSJN Argentina - Año: 2010

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de Buenos Aires, a sus efectos. Hágase saber al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N" 34.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI —
CARMEN M. ARGIBAY.

NORMA MARY BEATRIZ GAYA c/ ANSES

JUBILACION Y PENSION.
Corresponde revocar la sentencia que rechazó el pedido de reajuste del haber previsional por no haber alcanzado la recurrente los 10 años como docente de grado al frente de alumnos exigidos por el art. 3", inc. b, de la ley 24.016 si prestó servicios como auxiliar de dirección de tareas pasivas en virtud de sufrir una grave afección en las cuerdas vocales y en ambas piernas, padecimiento que la llevó finalmente a solicitar una jubilación por invalidez que le fue otorgada, por lo que corresponde incluirla en el estatuto especial mencionado, en atención a lo dispuesto en el art. 6.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Año del Bicentenario Buenos Aires, 16 de febrero de 2010.

Vistos los autos: "Gaya, Norma Mary Beatriz c/ ANSeS s/ reajustes varios".

Considerando:

19) Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo de la instancia anterior que había rechazado el pedido de la jubilada de que sus haberes se reajustaran al amparo de la ley 24.016, la actora interpuso

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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:68 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-333/pagina-68

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