Recurso extraordinario interpuesto por ESSO S.A.P.A., representada por la Dra.
Myriam Irene Leyro, con el patrocinio letrado del Dr. Diego Esteban Chami.
Traslado contestado por Alberto Miguel Bruera, representado por el Dr. Edgardo Ramón Gigena, con el patrocinio letrado del Dr. Arturo Octavio Ravina.
Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N" 53.
Ministerio Público: Dictaminó el Procurador General de la Nación, Dr. Nicolás E. Becerra.
RICARDO SZELAGOWSKI c/ ESTADO NACIONAL — AFIP
IMPUESTO A LAS GANANCIAS.
Corresponde revocar la sentencia que rechazó la demanda promovida con el objeto de que se declare que las remuneraciones que percibe el actor como Fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires se encuentran exentas del impuesto a las ganancias, ya que el a quo no pudo válidamente rechazar la pretensión sin dar adecuada respuesta a los principales argumentos desarrollados, en particular la equiparación de sus remuneraciones con las del Procurador General de la Suprema Corte de la Provincia y las garantías de independencia e inamovilidad que le otorgan las normas locales en términos similares a las previstas por los jueces.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—I-
Afs. 143/146 vta.,la Sala Tercera de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, al revocar la decisión de la instancia anterior rechazó la presente acción declarativa promovida por Ricardo Szelagowski en su carácter de Fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires, en la que solicitó que se despejara la incertidumbre existente con respecto a su situación frente al impuesto a las ganancias, establecido por la
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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:1841
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