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Fallos: 333:1100 de la CSJN Argentina - Año: 2010

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Refiere la irrazonabilidad de la proporción establecida en función del número de habitantes de cada municipio, así como la desigualdad que entraña la norma en tanto no sujeta a las mismas restricciones a la instalación de tiendas que no integran cadenas, aunque presenten similares características, las que podrían, potencialmente, ocasionar idéntico impacto ambiental o económico, por lo que concluye que tal discriminación no responde a razones objetivas.

Cuestiona igualmente la demandante las disposiciones que regulan el estudio de factibilidad, a las que asigna la intención de convertir a dicho análisis en una especie de "prueba diabólica" que impida la efectiva apertura de tiendas (fs. 212) y advierte que el resultado de ese estudio debe ser sometido a consideración de organismos que, por su integración con representantes de los comerciantes ya instalados, revestirían simultáneamente el carácter de juez y parte.

Impugna también la regulación de la competencia y la suspensión del otorgamiento de franquicias y manifiesta que las normas se proyectan en un mercado cautivo de un "monopolio de clase", valiéndose para ello de la severidad reglamentaria para con los interesados en ejercer la actividad, en solo beneficio de un sector: el de la capacidad comercial instalada.

Finalmente, la accionante desarrolla y fundamenta lo que configura, a su juicio, violación de los artículos 14, 16,17, 28, 31, 42, 75 incisos 12, 18, 19 y 126 de la Constitución Nacional, del Pacto Federal, de la ley 25.156 de Defensa de la Competencia, de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor, así como de las normas de desregulación económica, por lo que solicita que se declare la inconstitucionalidad pedida y se cite, en calidad de terceros, a las asociaciones de consumidores ADECUA y ADELCO.

1D) A fs. 247/261 la actora amplía demanda, impugnando el decreto 1363/03, que dispone la supresión del número 111 del listado del Anexo II y el artículo 61 del Anexo I, ambos del decreto 2372/01, reglamentario de la ley 12.573. Señala que las disposiciones suprimidas establecían las excepciones para la concesión de franquicias, que antes habían sido suspendidas por 180 días, lo que entiende como un nuevo agravio a sus derechos y la imposición de un "sacrificio diferenciado" en el sentido que a tal expresión le asigna la doctrina de este Tribunal. Efectúa, asimismo, una ampliación de los fundamentos de su demanda, con el examen de antecedente extranjeros y de precedentes jurisprudenciales.

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Año: 2010, CSJN Fallos: 333:1100 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-333/pagina-1100

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