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Fallos: 332:2146 de la CSJN Argentina - Año: 2009

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lo expresado. Agréguese la queja al principal. Devuélvase el depósito efectuado. Notifíquese y remítase.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA 1. HIGHTON DE NoLAsCO — JUAN CARLOS
MAQuEDA — E. RAÚL ZAFFARONI.

Recurso de hecho interpuesto por Silvano Sivilotti, representado por los Dres.

Diana Beatriz Atri (apoderada), Horacio Daniel Bercún y Martín Leandro Bercún (patrocinantes).

Tribunal de origen: Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de 1° Instancia en lo Comercial N" 26.


NORMA SUSANA MALIZIA VIUDA ve CECCHINI c/ LA BUENOS AIRES
NEW YORK LIFE SEGUROS DE VIDA S.A.

REFORMATIO IN PEJUS.
Incurrió en exceso jurisdiccional el pronunciamiento que —al declarar la nulidad de la sentencia de primera instancia— rechazó en forma íntegra la demanda y privó a la recurrente de la condena impuesta a la compañía de seguros, que consistía en abonarle las diferencias existentes entre el monto que había percibido y el que efectivamente le correspondía recibir, lo cual había sido consentido por las partes, si la actora sólo había deducido recurso de apelación con el objeto de que se revocara la decisión que había desestimado el cobro de la doble indemnización prevista en el contrato de seguro de vida para el caso de muerte por accidente.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

Los magistrados de la Cámara Federal de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires resolvieron declarar la nulidad de la sentencia de la

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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:2146 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-332/pagina-2146

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