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Fallos: 332:1859 de la CSJN Argentina - Año: 2009

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Esta es también la lógica de pensamiento que se halla en la base de la norma que aquí interesa, el $ 81c de la Ordenanza Procesal Penal alemana, que establece los exámenes e intervenciones corporales que pueden ser realizadas sobre el cuerpo de una persona no imputada, con restricciones en atención a esta circunstancia que no afectan, sin embargo, a la extracción compulsiva de sangre, cuya admisibilidad está fuera de toda duda.

Así, en un primer párrafo, el $ 81c establece que sólo pueden ser examinadas, sin su consentimiento, personas que pueden ser consideradas potenciales testigos (principio testifical), y en la medida en que, para la averiguación de la verdad, sea necesario comprobar si en su cuerpo se halla un determinado rastro o consecuencia de un hecho punible (principio del rastro). A su vez, en el párrafo segundo, el $ 81c autoriza la realización de exámenes corporales para establecer la ascendencia, así como también la extracción de sangre a cualquier persona no imputada, sin su consentimiento, cuando no cabe temer ningún perjuicio para su salud y la medida es imprescindible para la averiguación de la verdad.

Como se puede apreciar, la ley alemana protege la integridad corporal de las personas no sospechosas con mayor intensidad que la del imputado. Por un lado, el $ 81c, en su párrafo primero, restringe el círculo de personas obligadas a tolerar un examen corporal (principio testifical) y circunscribe también el fin para el que puede ser ordenado (principio del rastro). A su vez, la extracción de sangre es la única intervención corporal que autoriza, sin el consentimiento del afectado, en el párrafo segundo. Sin embargo, aún en el marco de esta mayor protección, la extracción de sangre y los exámenes para establecer la ascendencia también pueden ser ordenados respecto de personas que no entran en la categoría de potenciales testigos y para la comprobación de cualquier circunstancia de relevancia para la investigación párrafo segundo). Es decir, que con relación a estas medidas no rigen ni el principio testifical ni el principio del rastro, sino el más genérico de esclarecimiento (cf. Dahs, Hans, op. cit., $ 81c, núms. 3, 12 y ss., y 23; Rogall, Klaus, op. cit., $ 81c, núms. 1 y ss., 19; Meyer-Gofiner, Lutz, op. cit., $ 81c, núm. 18; Pelchen, en: AAVV, Karlsruher Kommentar zur StrafprozeBordnung, ed. Beck, Munich, 1982, $ 81c, núms. 1 y ss.), y ello es así pues en los casos de falso testimonio en juicios alimentarios —que son los que tuvo fundamentalmente en cuenta el legislador alemán al modificar en 1953 esta norma- ni el niño que debe tolerar la

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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:1859 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-332/pagina-1859

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