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Fallos: 331:508 de la CSJN Argentina - Año: 2008

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DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—I-

El titular del Juzgado Federal N" 4 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, denegó la extradición de Mauricio Sergio Schlaen solicitada por Estados Unidos de Norteamérica (fs. 427 y 440/441).

Contra esa decisión el representante de este Ministerio Público Fiscal interpuso recurso ordinario de apelación (fs. 443/445), que fue concedido a fojas 446.

El nombrado es requerido por el Juez de Distrito Sur de Florida, para cumplir la condena de treinta y tres meses de prisión por seis cargos de lavado de dinero.

—I-

Para decidir el rechazo, el a quo consideró que no se configuraba en el caso el requisito de la doble subsunción, previsto en el artículo 2 del tratado de extradición aplicable (cfr. ley 25.126).

Según el criterio del sentenciante, el artículo 1956(a)(3)(c) del título 18 del Código norteamericano no cumple con la identidad normativa con ningún tipo penal del orden jurídico nacional. Para ello, tomó como figura a comparar la del artículo 25 de la ley 23.737, a la cual le atribuyó diferencias que hacían —según su criterio— inviable la doble incriminación; y descartó la aplicación del artículo 278 del Código Penal según modificación ley 25.246) alegando que no se encontraba vigente al momento de los hechos por los cuales se requiere a Schlaen.

— HI Tal como hiciera notar el señor fiscal de la instancia en el recurso pertinente, la decisión del magistrado rosarino omite la jurisprudencia de la Corte respecto del requisito de la doble subsunción y, en última instancia, sobre la naturaleza misma del proceso de extradición.

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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:508 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-331/pagina-508

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