DE JUSTICIA DELA NACION 817 230 Paz de Primera Categoría Especial de Barranqueras, Provincia del Chaco.
Por su parte, el magistrado provincial no aceptó la inhibitoria planteada con fundamento en que no resulta aplicable lo previsto en los arts. 69 inc. h) y 71 de la ley nacional de tránsito, puesto que el art. 14 de la ley provincial 4488 establece que la interjurisdiccionalidad a la que se refiere el art. 71 de la ley nacional 24.449 será de aplicación sólo en aquellos casos en que el presunto infractor tuviere domicilio en jurisdicciones provinciales con las que la Provincia del Chaco tenga convenios de reciprocidad, circunstancia que no se presentan con respecto a la Provincia de Corrientes (v. fs. 22).
— HI En tales condiciones, ha quedado trabado un conflicto positivo de competencia que corresponde dirimir a V.E., en virtud de lo establecido por el art. 24, inc. 79, del decreto-ley 1285/58.
—IV-
A mi modo de ver, el presente proceso debe seguir su trámite ante el Juzgado de Paz de Primera Categoría Especial de Barranqueras, Provincia del Chaco. En efecto, pienso que ello es así, puesto que en el sub lite se cuestiona un acta de infracción y emplazamiento impuesta en ejercicio del poder de policía, con motivo de la presunta contravención al Régimen de Tránsito y Seguridad Vial de la Provincia del Chaco, ley 4488, decreto reglamentario 1881/98 y Régimen de Contravenciones y Sanciones decreto 1460/99, que habría cometido el actor al circular con su vehículo por la Ruta Nacional N° 16, sin haber realizado la revisión técnica obligatoria.
Porotra parte, es dable poner de relieve que no resulta aplicable lo previsto en los arts. 69, inc. h), y 71 de la ley nacional de tránsito 24.449, norma a la que se adhirió la Provincia del Chaco por medio de su ley 4488, toda vez que no existen convenios de reciprocidad entre las Provincias del Chaco y Corrientes para la aplicación de la interjurisdiccionalidad a la que se refiere el art. 71, conforme a lo normado enel art. 14 de la ley local (v. fs. 17/18, informe del Ministerio de Go1 Us 2-MARZO-20,65 017 20/2/2007, 1757
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:817
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