Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 330:676 de la CSJN Argentina - Año: 2007

Anterior ... | Siguiente ...

676 TALLOS DE LA CORTE SUPREMA 230 progenitora -la concurrencia a la universidad, que no era tal. "Las mentiras constituyen un síntoma respecto de la relación del orden simbólico con lo real: las palabras van por un lado y los hechos van por otro. Esta relación distorsionada a la palabra, dificulta o impide la posibilidad de pactar. No se trata de un abordaje moral del estatuto de la mentira, sino de un abordaje ético. Es decir, no se trata de que esté mal o bien mentir, sino de la imposibilidad de pactar en un recorrido de vinculación donde necesariamente se trata del consentimiento a sucesivos pactos. La mentira impide disponer de confianza en que se cuide el mejor interés del niño" (Informe N° 9, fs. 632/633); h. que los abuelos biológicos cuestionaron "la decisión del Equipo de ir progresando en la vinculación por generaciones e importancia del lazo según les fue propuesto: primero la madre, segundo los abuelos, luego la tía, es decir la hermana de L. argumentan que no podrían conseguir que su hija R. entienda que primero conocerían ellos a F. y luego R. con este pedido de simultaneidad declaran que no pueden decirle que "no" a su hija, lo cual da cuenta de un problema de autoridad en la familia, ya que ésto le sucede a ambos padres" (Informe Ne 2, fs. 606 in fine):

i. que "ninguno de los integrantes de la familia biológica ha pensado que el niño tenía que metabolizar la existencia de dos familias: esto necesita tiempo, más tiempo que un adulto porque no dispone del recurso del lenguaje para dar cuenta de las experiencias que va viviendo" (Informe N° 2, fs. 607); y, finalmente, j. que "para F. la madre es A. y el padre es A. Gracias a que eso funcionó, no es hoy un psicótico. F. dispone de la función del padre y lugar de la madre en su estructura subjetiva, construidos a partir de los guardadores y ocupados dichos lugares por éstos. El niño se conformó en relación a la función del padre y el lugar de la madre con ellos ...). Con esta estructura familiar se constituyó la subjetividad [del niño]. Se necesita tiempo para que entienda que tiene dos familias, el lazo con los guardadores está constituido y sería absolutamente no aconsejable someterlo a una nueva pérdida, sería una nueva adopción ya que el lazo de sangre sin el vínculo no es una referencia para nadie..." (Ibíd.). "En este momento, F. sólo reconoce a sus guardadores como sus padres, no hay espacio psíquico en este niño para pensar otra posibilidad familiar. Se puede calcular que mediante un trabajo psicoanalítico será posible la entrada de la familia biológica agregándose a la familia de crianza" (Informe Ne 3, fs. 618/619).

7 Us +-MARZO-300,065 ers 20/2/2007, 1755

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

54

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2007, CSJN Fallos: 330:676 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-676

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 330 Volumen: 1 en el número: 676 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos