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Fallos: 330:680 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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680 PALOS DELA CORTE SUPREMA de relaciones, y éstas afectan virtualmente todos los aspectos de su desarrollo intelectual, social, emocional físico, de comportamiento y moral. En la calidad y estabilidad de los vínculos infantiles de los primeros años yace el fundamento de una amplia gama de experiencias posteriores que realmente importan —confianza en sí mismo, salud mental, motivación para aprender, logros escolares y académicos, habilidad para controlar impulsos agresivos y resolver conflictos en forma no violenta, conocer la diferencia entre el bien y el mal, tener la capacidad para concretar vínculos causales y sustanciales y, finalmente, para poder ser él mismo un padre cabal (...) En palabras del distinguido psicólogo Urie Bronfenbrenner: "...para desarrollarse normalmente, un niño requiere una actividad conjunta cada vez más compleja y progresiva con uno o más adultos que tienen a su respecto una relación emocional irracional. Alguien tiene que "perder el juicio" por la criatura. Eso es lo primordial. El principio, el final, siempre" (4).

20) Que, para finalizar, viene al caso recordar lo dispuesto recientemente en el decreto 415/2006, que aprueba la reglamentación de la ley 26.061 sobre "Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes". Así y mediante dicho acto, se reitera que el concepto "familia" o "núcleo familiar" no sólo comprende alos progenitores y a las personas vinculadas a los menores por líneas de parentesco, sino también a "otros miembros de la comunidad que representen para la niña, niño o adolescente, vínculos significativos y afectivos en su historia personal como así también en su desarrollo, asistencia y protección" (confr. decreto citado, art. 79).

21) Que una mención especial merece la forma en que tanto el ministerio público de segunda instancia como el a quo defendieron las posiciones que adoptaron en el presente juicio. Así, la formulación de airosos enunciados -más propios de un ámbito académico que judicial-, como la existencia de reproches mutuos sobre la actuación que les cupo y su fundamento, algunos implícitos y otros no tanto, no condicen con la mesura y serenidad de espíritu que deben gobernar la actuación de la magistratura y del ministerio pupilar en la excelsa misión de impartir justicia y de colaborar con ella; máxime en casos 4) "Young children develop in an environment of relationships". National Scientific Council on the Developing Child. Working paper N" 1. El texto íntegro de este ensayo puede consultarse en internet, en la siguiente dirección:

"http://www.earlychildhoodnm.com/Documents/Early%20Ed%20Report pdf".

7 Us +-MARZO-300,065 0 20/2/2007, 1755

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:680 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-680

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