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Fallos: 330:675 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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DE JUSTICIA DELA NACION 675 230 g. que "el primer acto de irresponsabilidad fue hablarle L. aparte a F. por cuenta propia sin haberlo convenido y a escondidas de los guardadores que son los que lo criaron y los que el niño reconoce como padres. Luego de los primeros encuentros, el siguiente paso era que L.

saliera con F. a solas. A partir de verificar que había escenas de complicidad con F. que fueron evaluadas como inconvenientes por el Equipo, se postergó la decisión. Los niños entran solos en complicidades, es importante no ayudarlos. Se consideró que se trataba de agregar una familia, no hacer trampa para suplantarla. (...) Si no hubiera habido trampas hubiéramos recomendado que la familia biológica viera a F.a solas pero consideramos una irresponsabilidad lo antedicho: haber hablado aparte, a solas con F. la segunda vez que lo vio L.; eso es no tener idea de qué es un niño o qué es un hijo. No fue tomado por L. en cuenta ni como hijo ni como niño de 2 años y medio, fue un verdadero exceso. Se decidió velar por lo que entendemos es el mejor interés para el niño" (Informe N° 2, fs. 606). Con mayor detalle y sobre las consecuencias nefastas de tal conducta, ver Informe N° 4, fs. 622/623 e Informe N° 5, fs. 624/625. En el primero se señala, a raíz de ciertas manifestaciones del menor aparentemente inducidas por la madre biológica —que deseaba arrojarse por la ventana—, que "en el período donde el control de esfínteres se está produciendo un niño realiza la operación de distinción entre lo que sirve y la basura "caca" lo que no sirve, los restos que se tiran. La frase de F. presenta que en vez de tirar basura se tira él. Realizo una segunda lectura. Este niño está más desalojado que el año pasado, está al riesgo que en el futuro no sea hijo de nadie, lo cual es quedarse sin destino. No se puede decidir sin pasar por la experiencia. Entiendo que la frecuencia de la vinculación es excesiva y necesita ser revaluada". Por su parte, en el Informe N2 6 se destaca que "F. en sus entrevistas ha dicho respecto de su madre biológica que le ha dicho: "que A. y A. [los guardadores] son viejitos, son como tus abuelos". Esto verifica que en las instancias en que L. está sola, atenta en secreto contra los soportes de F. Ir contra el lazo paterno final vigente es altamente peligroso. Es posible calcular que con la aptitud para la escisión que le permitió "estar y no estar' al mismo tiempo, esa misma escisión le permite ser muy amable en todas las entrevistas y simultáneamente actuar en un sentido totalmente contrario a escondidas con F. Esa complicidad la coloca indebidamente en un lugar excesivamente par respecto de F" (fs. 626). Esta circunstancia, observada en forma reiterada y contra lo originalmente pactado, importó que se retrasara el avance de la vinculación con los abuelos maternos (Informe N° 7, fs. 627/629). Además, la dualidad de marras fue advertida con relación a un hecho personal afirmado por la 1 Us +-MARZO-300,065 675 20/2/2007, 1755

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:675 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-675

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