11.1. Recurso extraordinario del BBVA Banco Francés S.A.
En cuanto interesa a este caso, explica que los fondos comunes de inversión son condominios sujetos a un régimen propio y específico constituido por la ley 24.083 y sus madificatorias, el decretoreglamentario 174/93, las normas pertinentes de la Comisión Nacional de Valores y, según expresa disposición delacitada ley, por el Reglamento de Gestión de cada fondo. Su dirección y administración está a cargo de una sociedad anónima habilitada para tal fin que, en el caso, es Francés Administradora de Inversiones S.A. Gerente de Fondos Comunes de Inversión, la cual actúa con la designación de "sociedad gerente" y ejerce la representación cdlectiva de los copropietarios indivisos en lo atinente a sus intereses y respecto a terceros, mientras que los bienes integrantes del fondo son custodiados por una o más entidades financieras autorizadas que actúan en calidad de "sociedad depositaria" (en el caso BBVA Banco Francés S.A.).
Sostiene que ninguna de dichas sociedades garantiza ni asumela obligación de devolver con fondos propios lo aportado por los suscriptores ni se erigen en sus acreedores, razón por la cual dicha actividad no constituye intermediación financiera. Ello es así, porque el patrimoniodel fondo no pertenece a la sociedad gerente ni al banco depositario, ni constituye obligación de dar a plazofijo.
Por otra parte, expone que las cuotapartes emitidas por el fondo están representadas por certificados de copropiedad nominativos o al portador suscriptos por los representantes de ambos ór ganos del fondo. Pueden emitirse cuotapartes escriturales, cuyoregistro está a cargo de la sociedad depositaria. Según el art. 22 de la ley antes citada, los cuotapartistas tienen el derecho a exigir en cualquier tiempo el rescate—que deberá verificar se obligatoriamente dentro delos tres (3) días hábiles de formulado su requerimiento-— y el reglamento puede, no obstante, prever épocas para pedir los respectivos rescates o fijar plazos más prolongados. Además, las suscripciones y los rescates deben efectuarse valuando el patrimonio neto del fondo mediante los procedimientos previstos en la ley y en el decreto citados y en las normas de la Comisión Nacional de Valores.
Expresa que, a fin de dar cumplimiento a loordenado por la Comisión Nacional de Valores a través de su resolución 391/02, solicitóa los cuotapartistasinteresados en mantener su participación en cuotapartes representativas de depósitos reprogramados ajustables por el índice
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:5115
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