330 la Nación removióal doctor Rodolfo Antonio Herrera, del cargo de Juez Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 3, por haber incurrido en la causal constitucional de mal desempeño.
Para así decidir, los integrantes de la mayoría del Jurado —doctores Belluscio, Baladrón, Gallia, Puyol y Vázquez Villar— excluyeron del proceso, a la grabación y filmación del 3 de diciembre de 2003 —transmitidas por el programa televisivo "Telenoche investiga" registrada a través de la denominada "cámara oculta", como prueba del diálogo que el doctor Herrera había mantenido en calidad dejuez dela quiebra del "Club Ferrocarril Oeste" con dos personas, porque afectaba su derecho ala privacidad, ala prohibición de autoincriminación y a su defensa en juicio (arts. 18 y 19 de la Ley Fundamental), debido a las particulares circunstancias en que se había producido. Sin embargo, entendieron quela versión editada del film que se transmitió constituía un hecho de la realidad que no podía ignorarse, equivalente a una denuncia pública o al anoticiamiento de posibles irregularidades, que habían generado diversas actuaciones, las cuales dieron lugar a este proceso.
En consecuencia, manifestaron que formaban su convicción con el resto de las probanzas rendidas en la causa a las cuales, al no derivar de la primera, no se les transmitía el carácter de prueba viciada. En este marco, examinaron si la valoración conjunta de los extremos probatorios independientes acreditaban el primer cargo formulado por la acusación, esto es "Haber mantenido un diálogo con el supuesto representante de inversionistas y un arquitecto que sirviera de contacto entreambos, que evidencia una graveinfracción a normas morales por falta de escrúpulos y de principios éticos".
Atal fin, ponderaron los testimonios de Truffat, Garay, Naccarato, Sommer, Blanco, Tosi y, en particular, la declaración de Walter Porta —presidente del "Club Ferrocarril Oeste"—, a la que calificaron como "relevante", en razón de que daba cuenta de un diálogo que aquél había mantenido con el juez en noviembre de 2002 sobre temas relacionados con la institución, en cuya oportunidad este último lehabía transmitido su idea de construir en terrenos del dub salas de cine, un centro comercial y estacionamientos, con la intervención de la empresa constructora IRSA, el traslado del estadio de fútbol y la obtención de publicidad aportada por inversores y con ese fin, también según lo declarado por Porta, que el juez había elaborado un bosquejo de la nueva distribución.
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4828
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