LIDIA BEATRIZ MELLICOVSKY v. NACION ARGENTINA
RECURSO DE REPOSICION.
Las decisiones de la Corte no son, como principio, susceptibles de ser modificadas por el recurso de reposición ni por recursos o incidentes de nulidad, conclusión que, además de las normas procesales, se asienta en el carácter final desus decisiones.
CORTE SUPREMA.
Quela actuación con la mayoría absoluta de los jueces que integran esta Corte es pertinente en los términos del art. 23, segunda parte, del decreto-ley 1285/58, texto según ley 15.271, pues la referencia al "tribunal pleno" que se efectúa en la Última partede esa norma, se vincula con el hipotético supuesto de que el Tribunal hubiese hecho uso de la facultad de dividir se en salas, lo que no ha ocurrido, al margen de que la sentencia fue dictada cuando ya regía la disposición transitoria del art. 3 de la ley 26.183, según el cual, las decisiones del Tribunal se adoptan por el voto mayoritario de cuatro de sus siete miembros.
RECURSO DE REPOSICION.
Si el apelante cuestiona la autenticidad de tres delas lasfirmas que suscriben la sentencia, cabe rechazar el recurso de reposición, si la decisión adoptada fue suscripta en el Acuerdo por cuatro de los miembros de la Corte, lo que aventa toda posibilidad de que en el caso se haya configurado alguna de las hipótesis alegadas.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 13 de noviembre de 2007.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Mellicovsky, Lidia Beatriz c/ Estado Nacional", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1°) Que el Tribunal desestimó la presente queja porque nose dirigía contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4824
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