CARLOS ALFREDO BELASIO
v. ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta defundamentación suficiente.
Es susceptible de recurso extraordinario, fundado en la arbitrariedad, el fallo que se basa en afirmaciones dogmáticas sin meritar constancias obrantes en la causa que podrían haber incidido fundamentalmente respecto del resultado de la demanda.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.
No parece atendible la afirmación del tribunal en el sentido de que la causa directa del perjuicio patrimonial irrogado a la DGI, a raíz de lo resuelto en una causa, no fue la presentación del convenio con "modificaciones" realizada por el demandante sino lo decidido por la cámara en esas actuaciones si fue precisamente tal presentación la que permitió que dicha cámara fallara como lo hizo.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta defundamentación suficiente.
Carece del necesario sustentoel tratamiento dado por la cámara alaimputación que se le formuló al actor por haber aconsejado no deducir recurso extraor dinariosi selimitó a reproducir un párrafo de la sentencia recaída en sede penal sin tener en consideración que el sobreseimiento dictado no tiene influencia sobrela medida disciplinaria impuesta, fundada en irr egularidades gr aves y comprobadas en el correspondiente sumario administrativo, pues la jurisdicción administrativay lajurisdicción penal persiguen objetivos diferentes y no son excluyentes.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Contradicción.
Resulta dogmática y autocontradictoria la afirmación del tribunal que no consideróal comportamiento del actor, por sí solo, como razón suficiente para impedir la continuidad dela relación laboral, cuando un párrafo más arriba había destacado que en el contexto de la situación creada a partir de la resolución dictada por la cámara, el criterio profesional adoptado en relación al recurso extraordinario era reprochable.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4429
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