SILVIA R. SALAZAR
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Causas exduidas dela competencia federal.
Es competente la justicia local para investigar la comercialización de estupefacientes "al menudeo" ya que la ley 26.052 modificó sustancialmente la competencia material para algunas de las conductas típicas contenidas en la ley 23.737, al asignar su conocimiento a la justicia local, sienpre que las provincias adhieran —como lo hizo la de Buenos Aires por ley 13.392- a ese régimen legal.
—Del precedente "Echevarría", al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Causas exduidas dela competencia federal.
La reforma de la ley 23.737 dispuesta por la ley 26.052 dejó fuera de la jurisdicción federal los hechos puntuales que significarían el último eslabón de la cadena de comercialización, con principal fundamento en la inmediatez con la que puede actuar en esos casos la justicia local en el interior del país.
—Del precedente "Echevarría", al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Causas exduidas dela competencia federal.
Es competente la justicia federal para investigar la comercialización de estupefacientes, si el estupefaciente no se hallaba acondicionado en la forma prevista por el artículo 2 de la ley 26.052 (Disidencia de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la disidencia.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado de Garantías N ° 3, y el Juzgado Federal N ° 3, ambos de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa seguida contra Silvia Salazar por presunta infracción ala ley 23.737.
El juez provincial se declaróincompetenteal considerar que la conducta atribuida a Salazar excedía el marco de sus atribuciones, toda
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:3906
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