probó la existencia de supresión y reducción sustancial de la publicidad oficial, sin motivos razonables cuya existencia debe ser probada por el Estado —que actuó ejerciendo de modo irrazonable sus facultades discr ecionales-, pues si bien no existe un derecho recibir una determinada cantidad de publicidad oficial, sí a que no se asigne arbitrariamente o viole indirectamente la libertad de prensa por medios económicos.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia delos requisitos.
Si bien las sentencias de la Corte Suprema deben atender ala situación de hecho existente en el momento de su dictado, las características singulares de la causa requieren de una decisión judicial que —pese a haberse reanudado la publicación de publicidad oficial en el medio— se pronuncie en orden ala existencia de una verdadera obligación estatal de distribuir publicidad oficial conforme a pautas generales respetuosas de la libertad de expresión o, dicho en otros términos, ala inexistencia de facultades discrecionales al respecto (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
Entrelas libertades que la Constitución Nacional consagra, la de prensa es una de las que poseen mayor entidad, al extremo de que sin su debido resguardo existiría tan sólo una democracia desmedrada o puramente nominal. Incluso no sería aventurado afirmar que, aun cuando el art. 14 enuncie derechos meramente individuales, está claro que la Constitución al legislar sobre la libertad de prensa, protege fundamentalmente su propia esencia democrática contra toda posible desviación tiránica (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
La libertad constitucional de prensa tiene sentido más amplio que la mera exclusión de la censura previa en los términos del art. 14. Basta para elloreferirsealo establecido con amplitud en los arts. 32 y 33 de la Constitución Nacional y a una razonable interpretación del propio art. 14 (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
La protección constitucional debe imponer un manejo especialmente cuidadoso delas normas y circunstancias relevantes para impedir la obstrucción o entor pecimiento de la prensa libre y sus funciones esenciales (Voto del Dr. Carlos S.
Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
Es dara la importancia que cabe asignar a la estructura económica de la información, ya que la capacidad financiera se corresponde con el grado de independencia y eficacia de la prensa (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:3910
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