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Fallos: 330:2715 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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en razón de su extemporaneidad, por la Corte Suprema el 27 de noviembre de 2000, in reE.201, L.XXXV, "EACA S.A. — Sideco Americana SACIFF — Saiuge Argentina S.A. ce/Dirección Nacional de Vialidad" y, por lotanto, al haber quedado firmes son insusceptibles de ser tratadas en esta oportunidad.

— 1 Por lo expuesto, estimo que corresponde declarar la inadmisibilidad formal dela presente queja. Buenos Aires, 30 de abril de 2003. Nicolás Eduardo Becerra.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de junio de 2007.

Vistos los autos: "Recurso de Hecho deducido por la denandada en la causa Eaca S.A. —Sideco Americana S.A.C.1I.I.F.— Saiuge Argentina e/ Dirección Nacional de Vialidad", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1) Que mediante la resolución 3423 de 1986, el Administrador Nacional de Vialidad rechazó los pedidos de la unión transitoria de empresas adjudicataria de las obras de construcción del puente Posadas-Encarnación. Tales pedidos estaban dirigidos a obtener la renegociación del contrato y el reconocimiento de los gastos impr oductivos, así como de otros mayores costos resultantes de la extensión del plazo de obra ocasionada por la modificación de algunas de las condiciones vigentes para la importación de ciertos materiales y elementos de construcción. Como fundamento para desestimar la renegociación, el funcionario aludido señaló que en la especie no se daban los supuestos exigidos por el art. 5° de la ley 12.910 y los arts. 14 del decreto 3772/64 y 1° del decreto 3247/76, invocados por las empresas, para considerar que la obra se hallaba paralizada o semi-paralizada. A su vez, para desestimar el recdamo relativo al reconocimiento de gastos improductivos, destacó que en el convenio celebrado por las partes el 14 de marzo de 1985 la comitente había accedido a extender el plazo de ejecución del contrato sin aplicar penalidades a la contratista y

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2715 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-2715

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