tomarse en cuenta los fondos SALEX para ser afectados al pago del canon complementario hasta cubrir el 70 del monto de la obra (cl áusula 21.1). Igualmente se previó ajustar el canon cada 6 meses, mediante el empleo de Indices de precios al por mayor de productos industriales de los Estados Unidos de América, denominado Producer Price Index Industrial Commodities (PPI) y de Precios al Consumidor final de los Estados Unidos de América, denominado Consumer Price Index for all Urban Consumers — All Items (CPI) (dáusula 21.2) (confr.
fs. 75 y 76).
También se estableció que a falta de disposición expresa en los documentos de la licitación (contrato, pliego, oferta y la resolución ENRE 932/99) regirían las leyes 15.336, 24.065 y sus decretos reglamentarios, el contrato de concesión de Transener S.A., aprobado por los decretos 2743/92 y 1501/93, así como las resoluciones y actos de autoridad competente, vigentes o que pudieran dictar se en el futuro y que resultaren de aplicación (cláusula 31) (confr. fs. 81 y 82).
Por último, cabe aclarar que el convenio señala la participación del ENRE que al efecto le asignan las normas en vigor, así como también que dicho ente, por resolución 932/99, aprobó la oferta preadjudicada por el comitente en el concursorealizado (confr.fs. 55).
De las cláusulas transcriptas resulta indudable que concurren elementos de carácter público en el convenio celebrado por Pluspetrol S.A. y Transener S.A. y que las normas de ese carácter prevalecen sobrelas del derecho privado. En tales condiciones, no puede sino admitirse que en lo esencial, las relaciones entre el comitente —en este caso los sdlicitantes— y el ejecutor de la obra, se encuentran sustancialmenteregidas por el derecho público, no sólo por las cláusulas que remiten a las normas de tal naturaleza y el carácter público que se persigue en la construcción de la obra, sino también porque debe, de modo necesario, tenerse en cuenta la posición que se reserva el ENRE loquenohacesino confirmar la incidencia del derecho público sobrela relación entrelas partes que suscribieron el contrato COM.
—VILAhora bien, sin perjuiciodelo expuesto, corresponde el examen de la cuestión debatida atento a que la apelante —una empresa privada— redamala aplicación de las disposiciones del Capítulo 11 dela ley 25.561
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2299
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