Conexión de agua en calzada o en acera opuesta Diámetro Precio De 0,013 a 0,032m 200,00 $ De 0,033 a 0,050m 210,00 $ De 0,051 a 0,075m 300,00 $ Mayores de 0,076m 400,00 $ Conexión de desagie cloacal en calzada o en acera opuesta Todos los diámetros 225,00 $".
Dichos valores, con posterioridad, fueron incrementados por la resolución ETOSS 81/94 previamente a que se dictara la resolución ETOSS 115/94 que impugna la actora.
De acuerdo con lo relatado en el acápite || de este dictamen la actora alega que el alcance y contenido del "cargo de conexión" regulado en dicho artículo —interpretado de conformidad con las normas y los principios aplicables a la concesión (art. 27 de la ley 13.577 y dela resolución OSN 76.108, arts. 44 y 50 del Marco Regulatorioy art. 1.1.4 del contrato de concesión)— es un derecho destinado a sufragar las tareas administrativas y de supervisión que efectúa la concesionaria, por la instalación de las conexiones que deben realizar los solicitantes por un particular matriculado en la empresa y que la privatización del servicio no modificó, en este aspecto, el procedimiento empleado durante más de diez años.
No comparto esta afirmación. Contrariamente a lo argumentado por Aguas Argentinas S.A. pienso que a partir de la privatización del servicio se madificó sustancialmente el marco jurídico del "cargo por conexión", sin que sea posible mantener la ultraactividad de las normas que rigieron los servicios prestados por OSN por su incompatibilidad con aquél.
En efecto, originariamente, la ley 13.577 (Ley Orgánica de Obras Sanitarias de la Nación) establecía, en su art. 27, que las obras domiciliarias externas serían construidas por la Administración General de Obras Públicas de la Nación y las obras internas por los propietarios y que las conexiones serían costeadas por la citada administración, salvo las excepciones que se establecieran en los reglamentos
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:1661
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