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Fallos: 33:386 de la CSJN Argentina - Año: 1888

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Suprema, série 2°, tomo 7°, página 347; sin que tampoco, por otra parte, puedan concurrir dos posesiones iguales y de la misma naturaleza sobre la misma cosa (art. 51, id, id.). Y pues que, además, los que habían perdido la posesion, no podían ya trasmitirla en perjuicio del nuevo poseedor, porque nadie puede trasmitir derechos que no tiene (art. 9, lib. 4, Derechos reales y personales, Cód. Civ.); 2' porque concurre ácomprobar esa posesion la Ámplia y concluyente declaracion del respetable testigo don Tiburcio Zaldarriaga; 3" porque así lo justifican los mismos planos de la mensura de Bustinza, acompañados por el propio demandante, como tambien el que presenta como prueba ásu favor, y que existe en esta Secretaría, y además, el que levantó el ingeniero público don Albano Laverge, en todos los cuales ya figura Bouquet ocupando ese terreno; confirmándose esa ocupacion, que precisamente sirve de base 4 la demanda, por las declaraciones de los agrimensores Bustinza y Sivori, testigos presentados por el mismo demandante, como este lo espresa tambien en el interrogatorio destinado 4 su testigo doctor Cáceres. De todo lo que resulta que él mismo ha presentado la más completa prueba contraproducente; 4' porque además, la pública notoriedad que invoca Bouquet es evidente, en razon de haberse hallado el fundo poseido al costado de un camino público y colindante, desde mucho ha,,con los terrenos de la vía férrea del Central Argentino.

5" Que los hechos 6 antecedentes que la parte de Kley alega para probar su posesion en ese campo, son ineficaces, contrapuestos ú los mencionados, como vá á vorse: 1" Dice que una parte de esos campos que se espropió por el Ferro-Carril le fué pagada á Malbran y Chayla, como ú dueños de toda esa úrea por resolucion de este Tribunal. Esto no procede, porque esa espropiacion estaba fuera de los límites de la parte ocupada por Bouquet, y este ningun derecho habría tenido para oponerse á lo que en ningun sentido le dañaba. Y pues el fallo que dió

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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:386 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-33/pagina-386

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