tanto, á pedir ú V. E. se sirva allanar cualquier dificultad de detalle que llegase á presentarse en la ejecucion de las medidas que quedan mencionadas. Dejando así cumplidas las órdenes del señor Presidente, solo me resta saludar á V. E. con mi más distinguida consideracion. Dios guarde 4 Y. E.— (7, awson, » En virtud de esta nota, D. Cárlos Bouquet, como consta ú foja 98, se presentó al Gobierno de Santa Fé en 160 de Mayo de 1804, pidiendo la escrituracion de esas tierras, segun las medidas practicadas por Saint Remy Urban, de acuerdo con el plano del camino y actas de mensura que originales acompañaba, añadiendo que el gobierno podía omitir ó suprimir el requisito de darle la posesion de esos terrenos, en atencion á que hacía ya más de cinco años que los poseían, en los cuales estaba romprendida la legua deslindada por Saint ltemy en la posta de las Tortugas, debiéndose estender una legua más al norte. en cumplimiento de la concesion hecha ú la empresa para la construecion de un puente que hacía ya algnnos años estaba al servicio del público.
En 27 de Mayo de 1864, en mérito de estos antecedentes, el Gobierno de la Provincia otorgó á favor de Mendoza hermanos las escrituras correspondientes á los terrenos solicitados por Bouquet (f. 102 vta.).
En 8 de Agosto de 1865, D. Domingo Mendoza, por la razon social Mendoza hermanos, vende en Buenos Aires á D. Cárlos Bouquet (f. 18) las dos leguas cuadradas que le fueron concedidas en la posta del arroyo de las Tortugas.
Y esen virtud de estos antecedentes y documentos que el demandado Bouquet, invocando los derechos de propietario y poseedor quieto y pacífico de buena fé del terreno demandado, alega en su favor la prescripcion, nponiéndola á la demanda.
Mas, habiendo las partes acompañado planos en que no estuvieron acordes y que no daban la luz bastante para determinar
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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:382
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