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Fallos: 329:6650 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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Señaló que esos fueron los argumentos esgrimidos y que sobre ellos habían coincidido el doctor Genoud, presidente de bloque radical y los senadores Sdlari Irigoyen, Avelín y Solana. Destacó que este último, de la Provincia del Neuquén, realizó algunas consideraciones referidasalos buenos antecedentes del doctor Caro, no sólo por su desempeño en el cargo como subrogante sino también por su actuación en la justicia provincial.

7) Que también prestó declaración el doctor Víctor Peláez, Diputado Nacional por la Unión Cívica Radical por la Provinda del Neuquén cuando se produjo el episodio del soldado Carrasco. Se le preguntó si se conocía en ese momento alguna ineficiencia o deficiencia en la investigación del caso. El testigo manifestó que al tiempo de prestar se el Acuerdo del Senado para la designación del doctor Caro "Los queestábamos metidos en el asunto sabíamos, pero públicamente no se sabía, no estaba aún en los diarios, no estaba mangada la cosa, no era vox pópuli; era entrenosotros." Agregando que estas circunstancias no las hizo conocer a su bloque legislativo.

8) Que, por otro lado, del Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación correspondiente al 20 de abril de 1994 (páginas 6381/6384) surge que el Senador Bittel expuso que la causa relacionada con los hechos acaecidos en Regimiento de Zapala, que eran de público conocimiento, estaba a cargo del juez subrogante Caro y solicitó por una "razón de urgencia" el tratamiento sobre tablas de la designación. Planteada la moción, el Senador Genoud expuso que el bloque radical no tenía observaciones que formular al acuerdo pr opiciado para el doctor Caroni cuestionaba sus antecedentes personales y profesionales y agregó que el magistrado "tienea su cargo nada menos que la investigación de homicidio de soldado Carrasco, que ha producido una profunda conmoción pública... De manera tal que, a nuestro juicio el acuerdo es necesario en función de que seratificaría con él, en esta sesión, a un hombre que tendría la plena investidura a los efectos de cubrir y cumplir acabadamentesusfuncionesjurisdiccionales en este caso tan importante debido a la conmoción a la que aludía recientenente".

Por su parte el Senador Luis León dijo que prestaban el acuerdo porque creían que debía prestigiarse al juez que llevaba la causa y expresó que tenía conocimiento de que hasta ese día se habían descubierto cuatro potenciales inculpados que serían los responsables de abusos de autoridad acaecidos en el cuartel.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6650 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6650

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