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Fallos: 329:6514 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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ral dela Nación, en el que se aprecia la solicitud de una información a otro funcionario público por la vía correspondiente, y en el marco de las actuaciones en las que habían tenido participación.

Por todo ello se dispone el rechazo del pedido de remoción respecto del cargo examinado (individualizado en los Resultandos de estefallo como "tercer cargo").

En disidencia parcial, los señores miembros del Jurado Dres.

Manuel Justo Baladrón y Sergio Adrián Gallia respecto de los cargos comunesatribuidos alos Dres. Inda y Fernández —concesión de la acción de hábeas corpus, libertad de los imputados sin caución y ejercicio abusivo del poder, dicen:

1- HECHOS IMPUTADOS A LOS DRES. TOMÁS J.A. INDA Y
MARÍA BEATRIZ FERNANDEZ.
1) En el primer cargo la Acusación imputa a los magistrados —en el marco dela acción de hábeas corpus deducida en la causa 306/01 y resuelta a favor de los imputados haber dispuesto la libertad de los detenidos con sustento en la falta de competencia del juez federal de Resistencia, reprochándoles haber se expedido sobre una cuestión de fondo —cuestión de competencia— que debió resolverse en el incidente de incompetencia, en el que la parte querellante hubiera podido ser escuchada.

Por otra parte, agrega que de ser así, debieron haber remitido la causa al tribunal competente, poniendo los detenidos a su disposición, sin perjuicio de efectuar los actos urgentes de instrucción (art. 40

C.P.P.N.).
A su vez, señala que aquéllos incurrieron en preguzgamiento, pues al resolver el hábeas corpus, señalaron estar en conocimiento del incidente de incompetencia, sobre el cual debían oportunamente pronunciarse, no obstante lo cual se expidieron sobre la competencia en el hábeas corpus. Advierten que como consecuencia de la resolución que hizo lugar al hábeas corpus, la causa quedó paralizada y que dicha acción no procede contra resoluciones judiciales, salvo supuestos de excepción no presentes en el caso. Concluyen señalando que los magistrados, dando muestras de una palmaria parcialidad, violaron el derecho vigente con el fin de favorecer a los imputados.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6514 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6514

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