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Fallos: 329:6487 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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El 17 dejunio de 2003 el juez federal de Resistencia dispuso, en primer lugar, acumular la causa N ° 79/03, caratulada "Fiscal General Dr. Jorge Eduardo Auat s/ Requerimiento de Instrucción Plantea Inconstitucionalidad — Expte. N ° 149/ 02", a los autos N° 51.640, del registro de la Cámara de Rosario (conf. fojas 1856). A su vez ordenóla acumulación de esa causa N ° 51.640 al expediente N ° 306/01 y dispuso la detención de Jorge Alcides Larrateguy, Athos Gustavo Renés, Jorge Daniel Rafael Carnero Sabol, Norberto Raúl Tozzo, Luis AlbertoPatetta, Ernesto Jorge Simoni, Aldo Héctor Martínez Segón, Horacio Losito, Ricardo Guillermo Reyes y Germán Emilio Riquelme (conf. fojas 2164/2165 de la causa N ° 306/01).

El 4 dejulio de 2003 el doctor Carlos Martín Pujol, Defensor Oficial ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia, por subrogación de la Defensora Oficial doctora Nora de Elías, presentó una acción de hábeas corpus en favor de los detenidos Larrateguy, Renés, Carnero Sabol, Tozzo, Patetta, Simoni, Martínez Segón, Losito, Reyes y Riquelme. El defensor argumentó que "la detención delos beneficiarios de esta denuncia de hábeas corpus esilegal por haber sido ordenada por juez incompetente" (conf. fojas 1/6 del expediente N° 41.298).

El 11 dejulio de2003, previo haberse inhibido el doctor Skidelsky, el conjuez doctor Hugo Peiretti resolvió rechazar el hábeas corpus sobre la base de que los imputados fueron detenidos "en virtud deorden escrita enanada de autoridad competente", y elevó en consulta lo actuado a la Cámara Federal de Resistencia de acuerdo a lo prescripto por el artículo 10 de la ley 23.098 (conf. fojas 27 del expediente N° 41.298).

El 15 dejuliode2003 el Defensor Oficial, doctor Carlos Pujol, planteó en los autos principales la declinatoria de competencia del Juzgado Federal de Resistencia y solicitó que se remitieran las actuaciones a la Cámara Federal de Rosario. En virtud de ello el juez dispuso la formación del respectivo incidente (conf. fojas 2336/2340 y 2341 de la causa N ° 306/01).

El 17 de julio de 2003 la Fiscal Federal subrogante, doctora Ana María Torres, dictaminó en el expediente de hábeas corpus que "e pronunciamiento expreso de la Corte Suprema de Justicia de la Nación defecha 01/ 09/ 88, ha fijado definitiva einmutablementela competencia dela Cámara Federal de Rosario para entender en la causa"

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6487 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6487

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