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Fallos: 329:6482 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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El tema planteado trae aparejado la discusión acerca de ciertas garantías constitucionales, su alcance, sus modos de aplicación, la naturaleza de la presunción de inocencia y las limitaciones a las restricciones de la libertad ambulatoria. De ningún modo cabe aceptar que esta cuestión recurrente pueda necesariamente erigirse con lafinalidad de garantizar la impunidad.

Por otrolado, no constituye la materia y la finalidad de este juicio político la determinación de los responsables de esos macabros hechos sino el conjunto de imputaciones dirigidas a los señor es jueces de cámara, doctores Tomás J. A. Inda y María Beatriz Fernández por los cuales el Consejo de la Magistratura ha requerido la remoción.

HÁBEAS CORPUS.
2) Que el Consejo de la Magistratura, por resolución N ° 453/05 expediente n.° 223/03 y su acumulado n.° 232/03) del 13 de octubrede 2005, decidió acusar a los doctores Tomás J. A. Inda y María Beatriz Fernández, integrantes de la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Resistencia, provincia de Chaco, por las causales de mal desempeño de sus funciones y mala conducta con motivo dela decisión que adoptaron el 22 dejulio de 2003 mediantela que se hizo lugar ala acción de hábeas corpus deducida en favor delos detenidos Jorge Alcides Larrateguy, Athos Gustavo Renés, Jorge Daniel Rafael Carnero Sabol, Norberto Raúl Tozzo, Luis Alberto Patetta, Ernesto Jorge Simoni, Aldo Héctor Martínez Segón, Horacio Losito, Ricardo Guillermo Reyes y Germán Emilio Riquelme y, en consecuencia, se dispuso la libertad de los interesados en la causa N ° 306/01, caratulada "Larrateguy, Jorge A. y otros s/ Homicidio por Alevosía y por e número de partícipes y desaparición forzada de personas".

Se les imputa a los magistrados haber evidenciado un "manifiesto apartamiento del derecho vigente provocado por un actuar intencional o por desconocimiento del derecho". Se sostiene que los magistrados "dando muestras de una palmaria parcialidad, violaron el derecho vigente con el fin defavorecer a losimputados (...) decidieron ignorar las normas procesales y defondo vigentes (...) [y] seapartaron dela realidad para consumar su propósito deliberar a losimputados".

En el alegatofinal la acusación sostuvo que los jueces han "participado de una maniobra, tal como lo calificaran los testigos Bosch,

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6482 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6482

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