OMAR HUANCAYA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.
La investigación del delito de desobediencia corresponde al juez del lugar donde se ha omitido el cumplimiento de la orden impartida por el funcionario público en ejercicio de sus funciones.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
La presente contienda negativa de competencia finalmente trabada entre el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N ° 1 y el Juzgado de Garantías N ° 3 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa donde se investiga la conducta de Omar Juan Huancaya Clemente, padre dela menor H.A.
H.R., fruto de su unión con Gina Rivas Fernández.
Reconoce como antecedentela denuncia formulada por Juana Francisca Fernández Rivera, abuela de la niña, en la que refirió que luego del fallecimientodesu hija Gina, el Tribunal de Menores N ° 6 de San Isidro otorgóla tenencia provisoria de su nieta a su otra hija Carmen Lucía Ychpas Fernández. Asimismo, dispuso un régimen devisitas en favor del padre, en virtud del cual Huancaya podía retirarla los días viernes alasalida del colegio y regresarla los domingos al domiciliode la calle Quito 4074 de esta Capital.
Agregó, que el día 22 de octubre de 2004 el imputado retiróala menor en la forma acostumbrada pero nunca la devolvió a su hogar, desconociendo desde entonces el paradero de ambos.
El magistrado nacional encuadró la conducta denunciada en la infracción al artículo 239 del Código Penal y dedinó la competencia en favor de la justicia de San Isidro, sede del tribunal de menores que dispuso el régimen de visitas que el imputado desconoció (fs. 141/143).
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:5716
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