Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 329:5714 de la CSJN Argentina - Año: 2006

Anterior ... | Siguiente ...

En ella refiere que Guillermo Ernesto Sagués, que actuó en la causa como abogado apoderado de Bunge, habría incurrido en los delitos de defraudación al fisco, abuso de autoridad y tráfico de influencias, dado que habría negociado el cobro extrajudicial de la mayor partedel monto reclamado afin de evadir, entreotras cargas, el pago de la tasa dejusticia y los honorarios de los profesionales intervinientes.

Asimismo, denuncia la presunta comisión del delito de desobediencia cometido por los responsables de las sociedades "Garziña Corporation" y "Kersage Corporation" al no adecuar su constitución a la normativa vigente en el país, según lo ordenado por el magistrado interviniente, quien a su vez, habría participado en la maniobra al permitir el incumplimiento de esa orden.

A raíz del recurso de apelación interpuesto por el fiscal contra la resolución del titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7, que no hizo lugar a su planteo de incompetencia, la alzada revocó esa decisión y declaró la incompetencia de la justicia federal para seguir conociendo en la causa.

En apoyo de esta tesitura, los magistrados alegaron que no se observa algún interés federal comprometido, en la medida en que las irregularidades denunciadas se encuentran vinculadas con diferentes aspectos de una cuestión patrimonial, sometida a la consideración de la justicia provincial (fs. 80).

Por su parte, el magistrado local rechazó la declinatoria por prematura. En este sentido, entendió que no se había practicado investigación suficiente para dar precisión a los hechos denunciados, delimitar el objeto procesal de la causa y discernir el tribunal al que corresponde investigarlos (fs. 86/87).

En consecuencia remitió el expediente al juzgado federal, que en virtud de loresuelto por el superior lodevalvióal juez provincial (fs. 91), quien una vez más lo rechazó (fs. 93).

Sin embargo, el magistrado federal insistió en remitir las actuaciones alajusticia provincial en dos oportunidades más (fs. 95 y 98/99), que ésta rechazó (fs. 97) y, finalmente, elevó el incidente a la Corte fs. 101/102).

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

52

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2006, CSJN Fallos: 329:5714 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-5714

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 329 Volumen: 4 en el número: 828 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos