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Fallos: 329:4910 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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a) Se condenó a Gustavo Alejandro García Tejerina por dos hechos. Primero: el 20 de septiembre de 1993, cuando era trasladado de la comisaría de El Palomar ala alcaidía del Departamento Judicial de Morón, en el marco de una causa de robo con armas para la que estaba detenido desde hacía siete días y en la que había sido indagado, for cejeó con un pdlicía, gol peándolo y provocándole un traumatismo, de carácter leve, en el hombro izquierdo. Segundo: Al día siguiente, mientras mantenía una entrevista con la psicóloga oficial María Isabel Vergagni en la asesoría pericial de esa dependencia judicial, de manera imprevista trabó la puerta de salida de la oficina, manteniendo encerrada a la perito durante casi dos horas, mientras la amenazaba de muerte, exigía su libertad, y la presencia de la jueza de la causa y de sus familiares.

b) En su dedaración indagatoria dijo que lo había detenido el oficial Gustavo Fernández por una diferencia personal, debida ala relación que ambos mantenían con una chica de nombre Mónica (fojas 43 y vuelta).

c) Las hermanas Patricia Noemí y Cristina Erica de Luca, vecinas del imputado, corroboran que el oficial Gustavo Fernández solíair ala casa de su vecina Mónica, y que García Tejerina había comentado que había tenido relaciones con ella (fojas 46/47 y 49/50).

d) El oficial ayudante Gustavo Daniel Fernández dice que participó de la detención de García Tejerina, pero que no prestó declaración ante la prevención pdlicial porque "sele pasó al secretario de actuaciones". Agregó que conocía a Mónica, que fue a su casa y que al imputado también lo conocía "aunque solamente de vista" (fojas 52/53).

e) El día 17 de septiembre, el Comisario a cargodela Comisaría de El Palomar, remite un oficio a la jueza de la causa, solicitando, por pedido de la madre de García Tejerina, la realización de un examen psiquiátrico en un centro asistencial adecuado, agregando que el imputado había estado internado en centros de rehabilitación por adicción a las drogas, "presentando en la actualidad aparentes alteraciones mentales, dado su actitud cambiante de agresividad a pasividad, tornándose esta situación continua, pudiendo ser la misma de peligrosidad tanto para él mismo como para quienes lo rodean" (fojas 51). La jueza, tres días después, es decir el 20 de septiembre, ordena ala Oficina Pericial Departamental, que con carácter de urgente se le practique a García Tejerina un reconocimiento psicológico-psiquiátrico, ten

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4910 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-4910

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