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Fallos: 329:4174 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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ción de inconstitucionalidad de la pretensión de la Provincia de Buenos Aires de gravar con el impuesto de sellos la concesión de transporte otorgada por el Estado Nacional a T.B.A., como por las personas, al citarse a este último como tercero a juicio, intervención que fue aceptada por V.E. en los precedentes ut supra citados. Buenos Aires, 27 de junio de 2006. Laura M. Monti.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2006.

Autos y Vistos; Considerando:

1 ) Que Trenes de Buenos Aires S.A. (TBA), concesionaria del servicio público interjurisdiccional de transportes ferroviarios de pasajeros en el área metropdlitana de Buenos Aires, líneas Mitre y Sarmiento, y sus directores y ex directores, por derecho propio, Sergio C.

Cirigliano, Mario F. Cirigliano, Silvia Emilse López, Carlos A. Orseg Schor, Camilo Gómez, Alfredo Varas, Paul David Bartles, Mark Warner, Pablo Federico Richards y Joe Crawford, inician una acción dedarativa de inconstitucionalidad —en el marco de la previsión contenida en el art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación —, con el objeto de que se declare la invalidez dela pretensión fiscal dela Provincia de Buenos Aires de gravar con el impuesto de sellos los contratos delareferida concesión y de su addenda, firmados por la actora y el Estado Nacional y aprobados por los decretos del PEN 730/95 y 210/99, respectivamente.

Relatan que mediante las resoluciones de la Dirección General de Rentas de la provincia demandada, 540/01 y 461/02, fueron determinadas diferencias por falta de pago del impuesto por la suma total de $ 152.142.040. Afirman que esos actos administrativos son inválidos por dos razones centrales; por un lado, implican un alzamiento contra lajurisprudencia del Tribunal, la que interpretan en el sentido de que los contratos de concesión de servicios públicos interjurisdiccionales, firmados por el Estado Nacional en el marcodelasleyes federal es—ley de reforma del Estado 23.696-, se encuentran exentos del pago del impuesto de sellos provinciales; por otro, consideran que contrarían la

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4174 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-4174

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