mente un proceso administrativo fraudulento", Negar la vía judicial de revisión de una resolución del Tribunal Arbitral de Obras Públicas que puede perjudicar al Estado Nacional en cifras dinerarias millonarias, omitiendo el tratamiento de los graves planteos del recurso, las disidencias, y la existencia del proceso penal por la misma causal lo que hace presumir, ante lo manifiesto de las irregularidades y arbitrariedad del caso, que su voto no estuvo motivado por el cumplimiento de su función comojuez sino por otros intereses"; "Haber abdicado de manera arbitraria a su responsabilidad de efectuar el control de constitucionalidad en los términos del artículo 14 de la ley 48"; Haber tenido una conducta gravemente autocontradictoria al modificar su voto en el caso 'Meller' el 4 de noviembre de 2002 —un día antes de la fecha de la sentencia— (Fallos: 325:2893 ) cuando decidió rechazar el recurso del Estado, cuando poco antes, el 13 de septiembre de 2002, había firmado un proyecto donde: a) se hacía lugar al recurso del Estado; b) se dejaba sin efecto la sentencia que favorecía a "Meller'; c) se imponían las costas a Meller'; se declaraba revisable el caso por arbitrariedad; d) se ponderaba como precedente el caso Aión', que él, mismofirmó al que luego calificó de resto indeliberado (sic); e) se ponder aban los "sólidos fundamentos del dictamen" dela Procuración del Tesoro en los que Estado fundamentó su recurso; f) se adjetivaba de 'dogmáticas y "abstractas' las afirmaciones del Tribunal Arbitral de Obras Públicas; 9) afirmaba que el Tribunal de Obras Públicas, en absoluto, no contempló ni decidió acerca de las causales de ilegitimidad de la resolución 146/96 suscripta por la ex liquidadora de ENTel, María Julia Alsogaray, h) se calificaba al fallo del tribunal arbitral quefavorecía a "Meller' de no constituir una derivación razonada del derecho vigente con arreglo a las circunstancias comprobadas de la causa, y que i) Se imponía su descalificación como acto jurisdiccional válido", Haberse apartado, sin fundamentos, en el caso 'Meller Comunicaciones S.A.
UTE c/ Empresa Nacional de Tel ecomunicaciones de sus propios precedentes judiciales ('Aión SAIC y A y Natelco SAIC c/ Empresa Nacional de Telecomunicaciones"), dejando expedita la vía para que la empresa ejecutara al Estado por una suma millonaria ($ 28.942.839,81 hoy más de $ 400.000.000 en bonos de consolidación) por un supuesto crédito que resultaba inexistente" y la grave diferencia, en orden ala doctrina y resultados, entre lo que suscribió en septiembre de 2002 y lo que sentenció un mes después, demuestra que tenía plena representación y total conocimiento de la arbitrariedad, ilegalidad y daño contra el Estado, por loque su voto nofueel de un juez imparcial, sino que estuvo motivado por otros intereses diferentes a los de la función judicial", de conformidad con lo dispuesto por el artículo 60 de la Cons
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3359
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