En igual sentido se pronunció el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados, instituido por el art. 115 de la Constitución Nacional, al resolver la causa "Brusa" (Fallos: 326:4816 ), el 30 de marzo de 2000, al destacar que el propósito del juicio palítico no es el castigo del funcionario, sino la mera separación del magistrado para la protección de los intereses públicos contra el riesgo u ofensa, derivados del abuso del poder oficial, descuido del deber o conducta incompatible con la dignidad del cargo. De tal manera que se lo denomina "juicio político" porque no es un juicio penal, sino de responsabilidad, dirigido a aquellos ciudadanos investidos con la alta misión del gobierno, en su más cabal expresión (publicado en Fallos: 323:JE-30, cons. 5°, p. 34).
Incluso con anterioridad V.E. ya había remarcado esta circunstancia y con cita de Story sostuvo que el procedimiento del juicio es de naturaleza política y no ha sido imaginado para castigar al culpable, sino para garantizar a la sociedad contra los graves delitos de los funcionarios; que no afecta ni las personas ni los bienes del culpable, sino solamente su capacidad política (Fallos: 162:133 ).
Para finalizar esta caracterización, es oportuno traer a colación la opinión de Tocqueville, quien tras definir el juicio político como "el falloquepronuncia un cuerpo político momentáneamenterevestido de derecho de juzgar", lo delinea a la perfección comparando el que rige en los Estados Unidos de Norteamérica con el que imperaba en los países europeos: "En los Estados Unidos como en Europa, una delas dos ramas de la legislatura está revestida del derecho de acusar y la otra de derecho dejuzgar. Los representantes denuncian al culpable y el Senado locastiga... en Europa, los tribunales políticos pueden aplicar todas las disposiciones de Código Penal y en los Estados Unidos, cuando desposeen a un culpabledel carácter público deque está revestido y lo han ded arado indigno de ocupar ninguna función pdítica en el porvenir, su derecho está agotadoy la tarea delostribunales ordinarios comienza... En Europa, el juicio político es, pues, más bien un acto judicial queuna medida administrativa. Lo contrario seve en los Estados Unidos, y es fácil convencerse de que el juicio político es allí más bien una medida administrativa queun acto judicial... el fallo del Senado esjudicial por la forma... Pero es administrativo por su objeto...
El fin principal del juicio político, en los Estados Unidos, es quitar e poder a quien hacedeé mal uso eimpedir que esemismo ciudadano se encuentrerevestido de él en el futuro. Es, como seve, un acto administrativo al que se ha dado la solemnidad de una sentencia. En esta materia, los norteamericanos han creado algo mixto. Dieron ala desti
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3258
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