Sostiene, asimismo, que la posibilidad de que un juez sea juzgado por el contenido de sus sentencias es excepcional, porque el Poder Legislativo estaría resolviendo una cuestión propia del Poder Judicial.
Entonces, la decisión del Senado en esa materia debería ser revisada, a su vez, por el órgano constitucional encargado de declarar el derecho, por lo que ahora correspondería a la Corte analizar si el voto del juez Boggiano en la causa "Meller" (Fallos: 325:2893 ) era jurídicamente admisible o no. Luego se dedica a demostrar la corrección jurídica del voto del magistrado en la causa mencionada.
1) Se agravia por violación al debido proceso, por ausencia injustificada de jueces y consecuente insuficiencia de votos destitutorios. En este agravio cuestiona la forma en que quedó constituido el tribunal que dictó la sentencia definitiva, porque, en su opinión, el Senado no distingue entre quórum legislativo y quórum judicativo y ello permite que en cada sesión participen los senadores que quieran estar presentes y que la integración del cuerpo pueda o no coincidir con la del tribunal que dicte la resolución definitiva. Ello —sostiene-, vulnera el derechoa ser juzgado con las debidas garantías (art. 8°, párr. 1, CADH y art. 75, inc. 22, de la Constitución Nacional), la posibilidad de queel acusado recuse a los senadores-jueces que no satisfagan la garantía de imparcialidad y su derecho a que todos los senadores-jueces que integran el cuerpo estén presentes el día de la sentencia, salvo causas de fuerza mayor o jurídicamente justificadas.
En concreto, plantea dos cuestiones acerca de la integración del tribunal y de los votos emitidos.
1) La primera se vincula con la integración del cuerpo y los miembros ausentes en la sesión que decidió su destitución, relevante, según dice, porque incide sobre la mayoría que exige el art. 59 dela Constitución Nacional. De los setenta y dos senadores que integran el cuerpo, en la sesión del 28 de septiembre de 2005 estaban ausentes cuatro grupos bien diferenciados. Un cargo estaba vacante y otro senador estaba suspendido, detal modo que eran setenta los senadores que, en principio, deberían haber integrado el tribunal. Había dos legisladores ausentes por enfermedad, que el acusado consiente como causa justificada para no participar dela sesión, por lo que restan sesenta y ocho legisladores.
Ese es el número de senadores que, en su opinión, debe tomarse en cuenta para computar la mayoría de dos tercios que exige el precepto
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3252
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