honorarios de profesionales que no intervinieron en ellas, dándole preeminencia ala ley de fondo sobre la de forma.
HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES.
La transacción no puede ser motivo para reducir los honorarios de quien asistió profesionalmente a una de las partes cuando, en los hechos, ella no se tuvo en cuenta para det erminar el emolumento de quien asistióa otra (Voto de los Dres.
E. Raúl Zaffaroni y Ricardo Luis Lorenzetti).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
El recurso extraordinario contra la sentencia que redujo los honorarios es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia de los Dres. Elena |. Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carmen M.
Argibay).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Generalidades.
Si la decisión del a quo es concordante con la doctrina de la Corte Suprema la cuestión federal, aun de existir, resultaría insubstancial (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
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La Sala B de la Cámara Nacional en lo Civil, modificó la regulación de honorarios del quejoso de fojas 1087 vuelta reduciéndolos de pesos OCHENTA Y CINCO MIL ($ 85.000.-) a TREINTA MIL $ 30.000.-—), con fundamento en el monto del acuerdo arribado entre la parte actora y la demandada condenada al pago, respecto del cual el actor no tuvo intervención. Aplicó a dichofin la doctrina plenaria dictada en autos "Murguía, Elena J. c/ Green, Ernesto B. s/ cumplimiento decontrato", y se remitió como fundamento de su falloa la naturaleza, resultado y mérito de la labor desarrollada, etapas cumplidas —falta de alegato— y el litisconsor cio formado por la imposición de las costas,
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:3149
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