RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de julio de 2006.
Visto el expediente caratulado "Trámite personal —avocación— Oliván, Alfredo s/ exp. 3263 Cámara Criminal y Correccional", y Considerando:
1) Que el ex-secretario del Juzgado Nacional de Instrucción N ° 38, abogado Alfredo Enrique Oliván, sdlicita la avocación del Tribunal para que deje sin efecto la sanción de exoneración que leimpuso la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en el marco del sumario administrativoN ° 3263 (fs. 135/172).
11) Que en cuanto al citado sumario, cabe señalar que las actuaciones sumariales fueron iniciadas a raíz de que la titular del mencionado juzgado, doctora Susana Wilma López, denunció ante la comisaría tercera y luego antela Fiscalía de Instrucción N ° 48 la sustracción de dinero de su propiedad que se hallaba guardado en la caja fuerte del tribunal a su cargo (fs. 1/2).
A fs. 3/9 obran las declaraciones de dos testigos de identidad reservada, quienes manifestaron que pudieron observar ciertas irregularidades cometidas en la sede del referido juzgado e involucraron al entonces secretario Oliván. En resumen, señalaron que el citado exfuncionario había demostrado actitudes sospechosas y comportamientos extraños, y lo relacionaron con el probable consumo de drogas y con la sustracción de dinero secuestrado perteneciente a detenidos que se hallaba en la caja fuerte del juzgado.
El 1 denoviembre de 2004 la jueza López dispusola formación de la prevención sumarial y nombró como instructor al secretario del Juzgado de Instrucción N° 33, abogado Diego Martín Hernández fs. 11).
A fs. 12/13 la mencionada magistrada labró un acta en la cual detalló una serie de comentarios que le efectuaron los empleados del tribunal a su cargo con respecto a la extraña conducta evidenciada por Oliván y afs. 14 ordenó medidas, tales como libramientos de oficios al Banco de la Ciudad de Buenos Aires solicitando la remisión a su tribu
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:2865
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