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Fallos: 329:2013 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación, se declara mal concedido el recurso extraordinario. Notifíquese, y oportunamente, remitase.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (según su voto) — ELENA |. HIGHTON DE
NoLasco (según su voto) — CARLos S. FAYt — JuAN CARLos MAquenDa (en disidencia) — E. RAÚL ZAFFARONI (en disidencia) — Ricarpo Luis LorEnzETTI (en disidencia) — CARMEN M. ArciBaYy (según su voto) —
ALEJANDRO JUAN USLENGHI.
VoTo DEL SEÑOR PRESIDENTE
DOCTOR DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI
Considerando:

1°) Quearaíz del recurso extraordinario interpuesto por la defensa esta Corte confirmó —por mayoría— la sentencia de la Sala | de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal que había condenado a Tomás Miguel Sanza la pena deun mes de prisión en suspenso, por el delito de publicación o reproducción de injurias (conf. arts. 113 y 110, Código Penal).

2) Quela sentencia de cámara mencionada precedentemente fue dictada el 28 de agosto de 1995, y su confirmación por parte de este Tribunal data del 20 de octubre de 1998. Teniendo en cuenta que la acción penal había sido instada por el delito de calumnias, cuyo plazo de prescripción es de tres años (confr. arts. 113, 110, 59 y 62, inc. 2, Código Penal), y dado que entre los actos procesales citados no había existido ninguna actividad de impulso de la acción penal con aptitud para interrumpir la prescripción en los términos de la "secuela de juicio" (art. 67, párr. 4°, Código Penal), la defensa planteóla prescripción dela acción penal en el recurso de reposición de fs. 433/437.

3) Que como señalé al resolver sobre dicha excepción, antela decisión de la mayoría de confirmar la condena dictada respecto de Tomás Sanz, y dada la naturaleza jurídica del instituto de la prescripción, resultaba imperativo que se corroborara si la acción penal aún se encontraba vigente.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:2013 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-2013

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