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Fallos: 329:1006 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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los alcances expuestos en el presente dictamen. Buenos Aires, 6 de abril de 2005. Marta B. Beiró de Gongalvez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de abril de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Provincia de Jujuy en la causa Hamburgo Compañía de Seguros S.A. y otro c/ Banco de Acción Social y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante, alos que se remite por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con el mencionado dictamen, se hace lugar ala queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia, con el alcance allí indicado. Costas por su orden (art. 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, sedicteun nuevofallo con arregloal presente. Notifíquese y, oportunamente, remitase.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN
CARLos MAQueDA — E. RAÚL ZAFFARONI — RICARDO Luis LORENZETTI —
CARMEN M. ARGIBAY.
Recurso de hecho interpuesto por la apoderada de la Provincia de Jujuy, María Alejandra Ahmad.

Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara en lo Civil y Comercial de dicha provincia.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1006 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-1006

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