de la Nación, cuyo pago se encuentra diferido a fs. 47. Notifíquese y, oportunamente, remítase.
CARMEN M. ARGIBAY.
Recurso de hecho interpuesto por la demandada, representada por el Dr. Daniel Sergio Brea.
Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones con sede en Corrientes.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de Corrientes.
HAMBURGO COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y Otro v. BANCO De ACCION SOCIAL y Otro RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.
Si bien el recurso extraordinarionoresulta procedente en aquellos casos donde se han resuelto cuestiones de competencia por no constituir tales pronunciamientos sentencia definitiva o equiparable a ella, dicho principio reconoce excepción en aquellos supuestos en los que ha mediado denegatoria del fuero federal.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Generalidades.
La prórroga de la competencia originaria de la Corte en favor delos tribunales inferiores de la Nación es admisible cuandotal jurisdicción corresponde en razón de la prerrogativa que asiste a la provincia de no ser demandada ante dichos tribunales, privilegio personal que como tal es factible, en principio, de ser renunciado.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.
Los agravios referidos al rechazo de la excepción de falta de personería y la consecuente imposición de costas al estado provincial resultan improcedentes ya que sólo remiten al examen de cuestiones de hecho y de derecho procesal, extra
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:1002
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