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Fallos: 328:5539 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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Antonio Calabró, de acuerdo con las constancias que obran a fojas 40.154/40.155 de la causa N ° 1.156.

El 19 de julio de 1996 se reunieron en el juzgado federal N° 9 el doctor Galeano, el doctor Alejandro Pérez Cárrega, entonces Subsecretario de Seguridad de la Pcia. de Buenos Aires, el comisario general Ángel Ramírez y Calabró (conf. fojas 40.155 de la causa N ° 1.156).

Asimismo se sostiene en la acusación que, tras escuchar la grabación mencionada, el juez le habría encargado a Calabró el esclarecimiento dela situación, lo que en los hechos significó que éste tomara a su cargo la investigación del caso. Por su parte Calabró se comprometióa hacer todo lo posible para cumplir lo requerido.

2) Que de las pruebas colectadas surge que el comisario Calabró, en cumplimiento de las instrucciones impartidas por el juez —esclarecimiento del caso- según él mismo lo manifestó durante la audiencia de debate ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N ° 3, el 11 de febrero de 2003, procedió a interrogar a los señores lonno, Nicolau y Juan Ribelli, grabando y filmando esas entrevistas sin quelosinterrogados conocieran dicha circunstancia. Agregó que el juez Galeano tenía conocimiento de sus actividades ya que él mismo se las hacía conocer.

Concluida la primera etapa de la tarea del comisario Calabró, el magistrado dispuso recibirle declaración a Nicolau y a lonno, a quienes se los citó a través del mencionado Comisario. En esa oportunidad ninguno delos testigos hizo alusión alguna a los interrogatorios a los quelos había sometido Calabró (conf. fojas 40.157 dela causa N ° 1.156).

3) Que el 18 de diciembre de 1997 el comisario Calabró, ante la Comisión Bicameral Especial de Seguimiento de la Investigación de los Atentados a la Embajada de Israel y al Edificiodela AMIA, relató detalladamente la actuación a la que se viene haciendo referencia e incluso reconoció haber cometido excesos.

La versión taquigráfica de esa audiencia se encontraba en poder del juez Galeano. En efecto, defojas 47.426 dela causa N ° 1.156 surge que el entonces presidente de dicha comisión, Diputado Carlos Ernesto Soria, le envió al doctor Galeano la fotocopia de esa versión taquigráfica correspondiente a la reunión del día 18 de diciembre de 1997.

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5539 
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