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Fallos: 328:5306 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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mediante oficio que allí "noseregistran constancias de que el Dr. Néstor Andrés Narizzano informara l Tribunal sobreel resultado delasvisitas que realizara a las unidades carcelarias" y que "en los legajos respectivos sólo obra el pedido de autorización para tales visitas a unidades del interior del país" (fs. 1522). A su vez, los informes producidos por la Sra. Administradora General del Poder Judicial de la Nación de fs. 1526 y fs. 1564 destacan los pedidos de viáticos efectuados por el doctor Narizzano para visitar, exclusivamente, los centros de detención ubicados en el ámbito territorial referido por el doctor Madueño.

6°) Quelas declaraciones recibidas a lo largo del debate son coincidentes con los informes antes referidos.

El ex secretario Javier de la Fuente señaló que "...no había un cronograma de visitas ordinario a las cárceles cercanas, y especialmente alas cárceles más problemáticas, como la Unidad 2 de Devoto, como el Complejo Penitenciario 1 de Ezeiza, como el Complejo Penitenciario 2 de Marcos Paz, que en realidad son cárceles sumamente problemáticas, con gran cantidad de internos", lo que generó importantes problemas en el funcionamiento del juzgado, y que norecordaba que hubieran visitados esos centros de detención más de una vez versión estenográfica —28/03/05— p. 27, p. 28 y p. 32).

Mariana Madueño, Secretaria del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 1, manifestó que no tenía conocimiento de que el doctor Narizzano concurriera a visitar ninguna cárcel situada en Capital Federal y la provincia de Buenos Aires (versión estenográfica —29/03/05 M)- p. 4/5). Por su parte, la ex Secretaria Genoveva Inés Cardinali dijo que "a Devoto estoy segura que no fue nunca, en 5 años no fue nunca a la cárcel de Devoto... no iba nadie a las cárceles" (versión estenográfica —29/03/05 (M)- p. 112); y el secretario Marcelo Alejandro Peluzzi dijo que habían sido pocas las visitas del juez a las unidades carcelarias, habiendo concurrido una vez la Unidad N ° 2 y queel 23 de diciembre de 2003, tal como surge del informe del Servicio Penitenciario Federal ya indicado, estuvo en el Complejo Penitenciario Federal || de la localidad de Marcos Paz, provincia de Buenos Aires versión estenográfica —29/03/05 (T)- p. 54 y p. 37).

Los empleados del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 3 fueron coincidentes en sus versiones con las aportadas por los funcionarios antes mencionados.

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5306 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5306

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