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Fallos: 328:5210 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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incurre el Magistrado, se disipan si se tiene en cuenta lo manifestado por los testigos Walter Porta y Walter Truffat que aseguran que, efectivamente, el proyecto era conocido entrelos dirigentes del Club Ferrocarril Oeste y por el Juez aproximadamente un año antes de la entrevista filmada.

La prueba irrefutable del conocimiento previo que el magistrado tenía del proyecto inmobiliario quedó patentizada en el croquis confeccionado en el rever so de un oficio judicial quela Cámaraledirigiera al Magistrado, el que fueutilizadocomo un papel borrador, cuya autoría admitió el Juez ante el Jurado. La concordancia de lo dibujado en el croquis con aquello que fuera testimoniado por Walter Porta se erige como prueba suficiente para desvirtuar su pretensión.

XXXVIII) Que resulta imperioso destacar que si bien el Magistrado ha sostenido a lo lar go de este enjuiciamiento que la conversación fue sacada de contexto por obra dela compaginación del material fílmico efectuada para ser editada y televisada, lo cierto es que el acusado no ha hechoreferencia a aquello en que ha consistido la "mal intencionada" compaginación que le atribuye a la producción del programa televisivo "Telenoche Investiga".

Adviértase que el Consejo de la Magistratura ha resaltado en forma expresa manifestaciones del Juez Herrera tales como"... A mi no me importa su negocio, ami me importa mi negocio... Seamos crueles:

a mi me importa mi negocio..."; "...obviamente yo no voy a hacer una licitación abierta para que venga cualquiera a hacer lo que se le canten las pelotas..."; "...No nos gana nadie..."; la única seguridad jurídica en la Argentina es que te firme un juez..."; agregando respecto de la licitación que "...vamos a ganarla, porque vamos a preparar nosotros lalicitación para quela ganen ustedes..."; finalmente, para "tranquilidad" del inversor, el juez dijo que "...lo que nosotr os podemos hacer es llamar a una licitación para 50 millones por 10 millones. Y ustedes aparecen ofreciendo 15. Una cosa así, Ya le vamos a buscar la vuelta.

De eso no se haga problemas..".

XXXIX) Que, el Dr. Herreranoha negado expresamente la autoría de esas manifestaciones, que surgen de la conversación filmada y que explícitamente le adjudica la Acusación, respecto a las cuales debería haberse referido concretamente, máxime por tratar se de un juez de la nación y porque han sido dichas en el marco de una causa judicial,

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5210 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5210

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