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Fallos: 328:4321 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD.
Los recaudos necesarios para dar lugar a un "caso" sólo se tienen por cumplidos cuando existe una resolución administrativa determinativa del tributo, de la cual surjan las sumas que el fisco provincial reclama; por lo que no se configura respecto del contrato de transferencia de acciones -si el procedimiento provincial quedó inconduso por falta de datos necesarios—, ni en relación alos de naturaleZa epistolar —por haber quedado suspendidas las actuaciones en una etapa preliminar—.

COSTAS: Resultado del litigio.

Si ambas partes revisten la condición de parcialmente vencedoras, las costas se deben distribuir en el orden causado (art. 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

COSTAS: Personas en litigio.

La inequívoca adhesión del Estado Nacional —que intervino como tercer o- a parte de los reclamos contenidos en la demanda, det ermina que deba soportar sus propias costas.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2005.

Autos y Vistos; Considerando:

1°) Queafs. 14/65 Transportadora de Gas del Sur Sociedad Anónima (T.G.S. S.A.) inicia la presente acción declarativa contrala Provincia del Chubut con el objeto de que el Tribunal se pronuncie respecto de la pretensión de la demandada —que se tacha de contraria a normas constitucionales y federales— consistenteen gravar con el impuesto de sellos tres grupos de contratos: los vinculados al transporte de gas denominados S03 y S04; el correspondiente a la transferencia de acciones delalicenciataria Transportadora de Gas del Sur, que concluyó con el proceso de privatización respectivo; y por último, otro conjunto de contratos celebrados en forma epistolar, que contienen propuestas

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4321 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-4321

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